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Nacionales

Nueva ley busca erradicar lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas

La Asamblea Legislativa aprobó la creación de una nueva normativa para combatir delitos financieros y del terrorismo, con el objetivo de renovar el marco legal actual vigente desde 1999 y así cumplir con estándares internacionales recomendados.

Lourdes Rodríguez
Última actualización octubre 8, 2025 2:01 PM
Por Lourdes Rodríguez - Senior Editor
Publicado octubre 8, 2025
7 Min Read
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Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la creación de una nueva Ley Especial para la Prevención, Control y Sanción del Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, con el objetivo de modernizar el marco legal vigente y enfrentar de forma integral estos delitos. 

La normativa responde a la necesidad de actualizar la legislación vigente desde 1999 y de alinearse con los compromisos internacionales adquiridos por El Salvador, especialmente las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), en las que hacían referencia a la necesidad de adoptar un nuevo marco normativo. 

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Durante el análisis del anteproyecto de ley en la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia, el fiscal general, Rodolfo Delgado, advirtió que la normativa actual genera arbitrariedad y exclusión financiera, al dejar a discreción de ciertos actores el acceso de las personas al sistema financiero. 

El diputado Caleb Navarro explicó que esta normativa es una herramienta fundamental destinada a prevenir, detectar, vigilar, controlar, investigar y sancionar los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. Manifestó que este cuerpo legal fortalecerá la capacidad del Estado para enfrentar amenazas que afectan la economía y ponen en riesgo la paz y convivencia de la ciudadanía.

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“El Salvador honra así sus compromisos internacionales y refuerza su credibilidad ante organismos multilaterales, demostrando un compromiso firme con la transparencia, la legalidad y la lucha frontal contra la criminalidad financiera”, aseguró Navarro.

Argumentó que la ley de 1999 incluye sujetos obligados que en la actualidad ya no representan un riesgo significativo, como las agencias de viaje, las cuales eran numerosas en ese momento y estaban sujetas a control. En la nueva ley, estos serán excluidos, al igual que constructoras, televisoras, farmacias, laboratorios y gremios empresariales, exceptuando a las ONG consideradas de mayor riesgo, manifestó el legislador.

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“Esta nueva normativa evitará la exclusión de personas y de actividades legítimas del sistema financiero, especialmente en zonas y sectores vulnerables. ¿Quién no ha escuchado historias de salvadoreños en el exterior que han tenido problemas para acceder a su dinero en cuentas de ahorro debido a las restricciones de la Ley de Lavado de Activos», dijo el diputado. 

Los vacíos de la ley actual 

Su compañera de bancada, diputada Alexia Rivas, destacó la importancia de contar con leyes que combatan el lavado de dinero, pero advirtió que estas no deben violar derechos fundamentales como la presunción de inocencia, la privacidad, la protección de datos, el derecho a la defensa y el debido proceso.

Rivas señaló que una ley mal diseñada, como la actual, trata como sospechosos a ciudadanos comunes, emprendedores y pequeños comerciantes, simplemente por manejar efectivo o por tener acceso al sistema bancario.

Además, explicó que la actual normativa es rígida y que solo afecta a los comerciantes, sino que también ha provocado que los bancos cierren cuentas de personas y negocios ante el temor de posibles sanciones. Esto ha obstaculizado la inclusión financiera de sectores claves, como los vendedores informales y los migrantes que envían remesas, lo que a su vez desincentiva la inversión y dificulta que muchas personas se formalicen dentro de la economía nacional.

“Una ley equilibrada debe perseguir a los verdaderos delincuentes financieros sin frenar la actividad económica legítima”, apuntó la legisladora.  

Creación de un sistema nacional de prevención

Una de las principales innovaciones de la ley es la creación del Sistema Nacional para la Prevención, Control y Sanción de estos delitos. Este sistema será liderado por la Unidad de Investigación Financiera (UIF), adscrita a la Fiscalía, con atribuciones para recibir reportes de operaciones sospechosas, acceder a información de entidades públicas y privadas, y coordinar esfuerzos con supervisores nacionales e internacionales.

También se contempla la creación del Comité Interinstitucional (CIPLAFT), como ente estratégico y consultivo encargado de proponer políticas, estrategias y directrices técnicas al Ejecutivo para combatir el lavado de activos y sus delitos conexos. 

El comité estará integrado por autoridades de alto nivel como el fiscal general, el presidente de la Asamblea Legislativa, el presidente de la Corte Suprema, ministros de Estado y representantes del sistema financiero.

Sujetos obligados bajo supervisión especializada

La normativa redefine el concepto de “sujetos obligados”, limitándose a aquellas personas naturales o jurídicas que por la naturaleza de sus actividades, representan un riesgo real de lavado de dinero. 

Además, con ello se evitaría la carga innecesaria de información a actores de bajo riesgo, lo cual dificulta la eficiencia del sistema. 


Entre estos se encuentran:

  • Instituciones supervisadas por la Superintendencia del Sistema Financiero
     
  • Casinos y empresas de juegos de azar
     
  • Intermediarios de bienes raíces
     
  • Comerciantes de joyas y metales preciosos
     
  • Profesionales como abogados, notarios, contadores y auditores que manejan activos de sus clientes
     
  • Empresas de transporte de valores
     
  • Proveedores de servicios de activos digitales, incluyendo bitcoin
     
  • Partidos políticos 


Régimen de sanciones más estricto

La nueva ley  establece un régimen sancionatorio claro y severo para quienes incumplan sus obligaciones.

Las infracciones se dividen en graves y muy graves, e incluyen faltas como no reportar operaciones sospechosas, revelar información confidencial, obstruir auditorías o facilitar recursos a personas sancionadas.

Además, se contempla responsabilidad administrativa tanto para personas naturales como jurídicas y en casos de lavado de activos comprobado, penas de 9 a 15 años de prisión, con agravantes si el delito involucra fondos públicos o si el autor es un funcionario del Estado.       

Las sanciones incluyen:

  • Multas de 50 a 1,000 salarios mínimos
     
  • Suspensión o cancelación de operaciones
     
  • Inhabilitación hasta por 10 años de los responsables
     
  • Disolución de entidades jurídicas en casos graves

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